Son diversas las razones para ventilar, pero podemos citar fundamentalmente dos:

Salud; Una vivienda mal ventilada tiene un aire pobre, con déficit de oxígeno y exceso de CO2, creando aire viciado y propicio para la proliferación de hongos y bacterias que pueden provocar problemas graves de salud (tos, fatiga, dolor de cabeza, cansancio).

Eficiencia energética: Los sistemas de ventilación funcionan de forma controlada obedeciendo a la demanda del sistema de control automático que se autorregula según denota la presencia de elementos nocivos (humedad, contaminantes, CO2) o bien por petición del usuario (refrescamiento, extra-calidad de aire a demanda).

A estas tres razones podríamos añadir una tercera; Porque es obligatorio hacerlo.

Así es, aunque aún hoy son infinidad los proyectos que se ejecutan sin una instalación de ventilación conforme a normativa vigente (CTE y RITE).

En el ámbito residencial la normativa de referencia es el CTE cuya última actualización data del 28 de Diciembre de 2019 por lo que entrará en vigor su obligado cumplimiento el cercano 28 de Junio de 2020 tras los preceptivos seis meses de moratoria (RD 732/2019).

En dicho CTE, en su DOCUMENTO BÁSICO HE de Ahorro de Energía se modifican y endurecen los requerimientos y exigencias en la construcción de modo que podamos cumplir con los criterios constructivos de un NZEB (Edificio de consumo de energía casi nulo).

Estos cambios atañen a varios aspectos de la construcción de una vivienda como su envolvente térmica, puentes térmicos, utilización de energías renovables, demanda de energía, etc.